Veda de pesca de tarariras: comienza el domingo 1 de noviembre

La pesca deportiva de esta especie ha sido reglamentada por la Dirección de Desarrollo Pesquero a través de la Disposición Nº 177/07.

Del 1° de noviembre de 2020 al 31 de enero de 2021 regirá la veda para la pesca de tararira. Durante los meses de noviembre y diciembre se permitirá únicamente la pesca deportiva los días sábados, domingos y feriados, solo con devolución en el mismo lugar y con el menor daño posible. Durante el mes de enero (los días sábados, domingos y feriados) se permitirá la extracción y sacrificio de hasta tres ejemplares por persona y por día.

La talla mínima de captura para esta especie es de 40 centímetros de longitud total, medidos en sentido longitudinal desde el extremo anterior de la boca hasta el extremo posterior de la aleta caudal.

Se permite solo una caña por pescador para las siguientes modalidades:

  • Spinning o bait cast
  • Fly cast
  • Pesca con carnada natural.

Para el spinning, y/o fly cast se permite el uso de señuelos y/o artificiales de cualquier tipo. Para la modalidad pesca con carnada natural se autoriza el uso de cualquier línea (flote o fondo) con un anzuelo simple con una abertura de 25 milímetros.

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